Por:
WILBER FLÓREZ
RAMÍREZ
Director La Verdad.//.-
La personera municipal,
Dra. Piedad Álvarez Navarro, debe proceder de oficio sobre las denuncias
publicadas en las páginas de este semanario y no quedarse con los brazos
cruzados sin hacer nada.
En efecto, los artículos publicados en LA VERDAD sobre las distintas
irregularidades de los contratos o actuaciones del alcalde o funcionarios
públicos, deben ser vistos o considerados por la personera como una denuncia;
por lo tanto, esta funcionaria debe actuar de oficio y no esperar a que haya
una queja formal para proceder de conformidad.
No se debe llegar a un cargo de esta
naturaleza para sentarse detrás de un escritorio a ver cómo transcurre el día.
Hay que justificar el sueldo devenga-do y recordar permanentemente las
funciones del cargo.
Son muchas las denuncias que han pasado por
estas páginas y en ningún caso la personera se ha pronunciado.
Ella; la personera, en su saber y entender
tiene que proceder de oficio aunque no haya, repito, una denuncia formal por
escrito.
Proceder de conformidad, de acuerdo a la
Constitución, las leyes y las funciones propias de su cargo, es su deber. No se
llega al cargo de personera o personero para hacer amistad con el alcalde y
demás funcionarios. Se llega para defender a la comunidad en general de
cualquier irregularidad que vulnere sus derechos humanos y para vigilar que se
haga buen uso de los dineros públicos del municipio de su jurisdicción.
Tampoco pretendemos que se con-vierta en
enemiga de la administración. Debe ser neutral y cumplir las funciones del
cargo para la cual fue elegida.
Estoy casi seguro que la personera ha hecho
caso omiso a todo lo aquí denunciado. Si estoy equivocado -ojalá y lo esté- que
diga cuales acogió y cómo van los procesos.
Señora personera, ejerza el control político
administrativo en el municipio como se lo indica el Ministerio Público en sus
funciones. Entre las funciones más importantes de su despacho están las de
salvaguardar y promocionar los derechos humanos, la protección del interés
público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones
públicas.
Usted señora personera, debe realizar
vigilancia de la conducta oficial del alcalde y de quienes desempeñan funciones
públicas municipales, entre otras tantas.
Todos los columnistas de este medio de
información o la gran mayoría, -en más de una oportunidad- han publicado
información que amerita de sus buenos oficios.
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