PERSONERA DEBE ACTUAR DE OFICIO

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Por:
WILBER FLÓREZ RAMÍREZ
Director La Verdad.//.-


La personera municipal, Dra. Piedad Álvarez Navarro, debe proceder de oficio sobre las denuncias publicadas en las páginas de este semanario y no quedarse con los brazos cruzados sin hacer nada.

En efecto, los artículos publicados en LA VERDAD sobre las distintas irregularidades de los contratos o actuaciones del alcalde o funcionarios públicos, deben ser vistos o considerados por la personera como una denuncia; por lo tanto, esta funcionaria debe actuar de oficio y no esperar a que haya una queja formal para proceder de conformidad.

No se debe llegar a un cargo de esta naturaleza para sentarse detrás de un escritorio a ver cómo transcurre el día. Hay que justificar el sueldo devenga-do y recordar permanentemente las funciones del cargo.

Son muchas las denuncias que han pasado por estas páginas y en ningún caso la personera se ha pronunciado.

Ella; la personera, en su saber y entender tiene que proceder de oficio aunque no haya, repito, una denuncia formal por escrito.

Proceder de conformidad, de acuerdo a la Constitución, las leyes y las funciones propias de su cargo, es su deber. No se llega al cargo de personera o personero para hacer amistad con el alcalde y demás funcionarios. Se llega para defender a la comunidad en general de cualquier irregularidad que vulnere sus derechos humanos y para vigilar que se haga buen uso de los dineros públicos del municipio de su jurisdicción.

Tampoco pretendemos que se con-vierta en enemiga de la administración. Debe ser neutral y cumplir las funciones del cargo para la cual fue elegida.

Estoy casi seguro que la personera ha hecho caso omiso a todo lo aquí denunciado. Si estoy equivocado -ojalá y lo esté- que diga cuales acogió y cómo van los procesos.

Señora personera, ejerza el control político administrativo en el municipio como se lo indica el Ministerio Público en sus funciones. Entre las funciones más importantes de su despacho están las de salvaguardar y promocionar los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas.

Usted señora personera, debe realizar vigilancia de la conducta oficial del alcalde y de quienes desempeñan funciones públicas municipales, entre otras tantas.

Todos los columnistas de este medio de información o la gran mayoría, -en más de una oportunidad- han publicado información que amerita de sus buenos oficios.


De no ser así, señora personera, llevaremos el material físico (los periódicos que han salido) a la Procuraduría Provincial de Magangué a colocar la respectiva queja por el grave error de su omisión.




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